Aprende a calcular la pensión que te corresponde

Muchas son las reformas que se han introducido últimamente en el sistema de pensiones español y por tanto, se han producido muchas variaciones en las cifras que reciben los pensionistas y en las maneras de calcular las retribuciones.

Una de las principales reformas ha sido la extensión del periodo del cálculo de la jubilación, esta reforma ha comenzado  en Enero de 2013, y se tomarán los últimos 16 años para hacer el cálculo, con la ampliación de un año por cada ejercicio natural hasta llegar al año 2022 con el cómputo pleno de 25 años de cotización para calcular la prestación de retiro.

Aprende a calcular la pensión que te corresponde

 

Los cambios introducidos en la reforma de los pensiones son numerosos y ninguno de ellos beneficia a los trabajadores y menos aún a los autónomos y sus pensiones. Uno de los grandes cambios es el de aumentar la edad de jubilación de forma paulatina hasta los 67 años. El proceso comenzó el año 2013 y se extenderá hasta 2027 de la forma en la que muestra la siguiente tabla:

Pensiones calculo edad

Es también significativo el cambio que afecta al periodo que se tiene en cuenta para fijar la cuantía de la pensión. En el caso de los trabajadores asalariados, esta cuantía se fija en relación al salario percibido, o lo que es lo mismo, la base reguladora sobre la que se calculará la pensión. Es la media aritmética de las bases de cotización de los últimos quince años cotizados pero sin pagas extras y actualizando las cifras en función del IPC.

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En el caso de los trabajadores por cuenta propia, los autónomos lo que se tiene en cuenta son las bases por las que han cotizado a la seguridad social, lo que, siempre dentro de unos límites, pueden establecer ellos mismos.

 

Es la Seguridad Social la encargada de establecer cada año estos límites en las bases de cotización de manera que ahora mismo el mínimo está fijado en 858,60 euros  y el máximo en 3.425,70 euros. No obstante, existen restricciones directamente relacionadas con el cálculo de la jubilación. En este sentido, los trabajadores menores de 48 años pueden escoger cualquier base de cotización entre el máximo y el mínimo, al igual que los autónomos que a 1 de julio de 2011 contasen con una base de cotización igual o superior a los 1.665,90 euros.

Con la entrada en vigor de la reforma de las pensiones, los autónomos entre 48 y 49 años con bases de cotización inferiores a 1.665,90 euros mensuales ya no pueden aumentarla por encima de los 1.682,70 euros, lo que afecta directamente a su futura pensión.

 

La base reguladora irá aumentando progresivamente desde 2013 hasta alcanzar el 2022 los 25 años. Es decir, el objetivo es que a largo plazo se tenga en cuenta un periodo de 25 años para calcular la base reguladora.

 

 

base reguladora pensiones

Para calcular el importe de nuestra pensión  a partir de Enero de 2013, se tiene en cuenta que las bases de cotización más antiguas serán actualizadas en función del IPCacumulado desde el año base de cotización hasta la fecha de jubilación, con lo cual se actualizará el valor de dichas bases aplicando la revalorización del IPC de los últimos 25 años.

La Seguridad Social dispone de un programa de fácil utilización para que los contribuyentes puedan calcular su pensión

El siguiente paso para calcular la pensión será sumar todas las bases de cotización a la Seguridad Social y las dividirlas entre 350 (25 años x 14 pagas mensuales), este es el número de pagas de jubilación, que coincide con el desglose de las pagas extras de la base de cotización mensual.

Pensión máxima: 2.548,12 euros/ mes

Pensión mínima con 65 años: con cónyuge a cargo (778,90 euros/mes), con cónyuge no a cargo (598,80 euros/mes) y unipersonal (631,30 euros/mes).

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