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El Plan de Pensiones y el IRPF


En esta oportunidad vamos a comentar cual es la relación que existe entre el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y los Planes de Pensiones. Para comenzar debemos tener claro que las prestaciones percibidas por los beneficiarios de los planes de pensiones son consideradas rendimientos de trabajo.

Las prestaciones que se reciban como renta periódica deben declararse en cada ejercicio, según se vayan recibiendo, según nuestro tipo de gravamen.

Estas prestaciones pueden recibirse de distintas maneras:

  • En forma de Renta
  • En forma de Capital
  • En forma Mixta (combinando capital y renta)

Si la prestación del plan se recibiera en forma de capital en lugar de renta periódica, tendremos derecho a una reducción del 40% si han trascurrido dos años desde la primera aportación realizada.

Si la prestación recibida es mixta, la parte percibida como capital tiene derecho a una reducción del 40%, mientras que la parte recibida como renta tributará íntegramente.

Ahora bien, también debemos tener en cuenta que las aportaciones reducen la base imponible general del IRPF con una serie de limitaciones. Así según la legislación vigente en enero del 2007 puede obtenerse un ahorro fiscal de hasta un 43%.

El límite máximo de reducción será el menor de las cantidades siguientes, teniendo en cuenta que la base liquidable general no podrá ser negativa:

  • – El importe de las aportaciones realizadas, con el limite de 10.000 € anuales hasta los 50 años y 12.500 € anuales a partir de dicha edad.
  • – El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. A partir de los 50 años, este porcentaje será del 50%.

Las cantidades aportadas que no se hayan podido reducir lo podrán ser durante los cinco ejercicios siguientes.

En caso de defunción, los beneficiarios no tributan en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sino que el importe que reciben está sujeto al IRPF en concepto de rendimientos del trabajo.

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5 comentarios

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  1. [...] se reciba de estos productos. En el momento de recibir la prestación, el importe se integra en la base imponible del IRPF como un rendimiento del [...]

    Pingback por Parados: Rescatar el ahorro de los planes de pensiones — febrero 1, 2009 #

  2. QUIERO RESCATAR MI PLAN DE PENSIONES EN PAIS VASCO

    FORMA DE RESCATE:
    AÑO 2010 EN FORMA DE RENTA 400 EUROS MES .
    AÑO 2011 RESTO EN FORMA DE CAPITAL CON REDUCCION DE 40%
    LA PREGUNTA ES SI PUEDO HACERLO DE ESTA FORMA

    Comentar por javier — diciembre 24, 2009 #

  3. [...] Los Planes de Pensiones y el IRPF [...]

    Pingback por Guia de ahorro e inversión para la jubilación — febrero 12, 2010 #

  4. Hola,
    me gustaría saber en qué casilla hay que indicar un importe de plan de pensiones de una caja de ahorros, cuyo prestación es en forma de capital.
    Si hay que indicar dicha cantidad en apartado A de rendimiento de trabajo, en la casilla correspondiente a plan de pensiones indica la anotación de (contribución empresarial de plan de pensiones, mutualidades de prevision social y planes de previsión social).
    Si teniendo un rendimiento bruto, una reducción y un rendimiento reducido, tales cantidades no en encajan en dicho apartado.
    Agradecería que alguien me saque de dudas.

    Muchas gracias

    Comentar por Cristina - San Sebastián de los Reyes — abril 30, 2010 #

  5. [...] El Plan de Pensiones y el IRPF [...]

    Pingback por Guia de Planes de Pensiones — marzo 14, 2011 #

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