¿Puedo rescatar mi plan de pensiones para evitar el desahucio?

Desde finales de la primavera del pasado año 2013 es posible rescatar el plan de pensiones cuando existe una amenaza de desahucio. Este supuesto se viene a sumar a otras opciones de rescate anticipado contempladas por la ley como el desempleo de larga duración o la enfermedad grave, ahora bien, debemos tener en cuenta que para poder solicitar un rescate de un plan de pensiones por desahucio se deben cumplir una serie de requisitos básicos.

Realmente estamos ante una respuesta necesaria para proveer del mayor número de instrumentos posibles para la persona en situación de desalojo de su hogar, es evidente que tampoco es una solución integral, pero, flexibiliza algo tan rígido como la posibilidad de acceder a los ahorros acumulados en los planes de pensiones que, efectivamente, dependiendo de su longevidad pueden ser importantes.

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Las restricciones al rescate anticipado de los planes de pensiones

En la actualidad los planes de pensiones de empleo o planes individuales presentan sobre el papel la imposibilidad de su rescate antes de la jubilación. Se trata de productos precisamente diseñados a este fin y que se muestran rígidos cualquier otro destino que no sea aportar al usuario el dinero ahorrado más la rentabilidad obtenida en el momento de la jubilación.

A pesar de lo anterior las circunstancias han obligado a plantearse la modificación paulatina de esta rigidez. Comenzando por los casos de enfermedad grave, donde se permite el rescate de los planes de pensiones, ampliándose posteriormente a los casos de desempleo de larga duración donde también se permite, y desde la primavera pasada incorporando la amenaza de desahucio como motivo justificado del rescate de planes de pensiones.

De esta manera, aquel suscriptor de planes de pensiones que se encuentre bajo amenaza de desahucio de su hogar puede efectivamente acudir al rescate de sus planes aunque como indícabamos  anteriormente para ello se deben cumplir una serie de condiciones básicas

¿No sabes como acertar con tu plan de pensiones? te ayudamos en este post

Cómo rescatar el plan de pensiones ante la amenaza de desahucio

Existen tres factores condicionantes básicos para poder solicitar el rescate de un plan de pensiones (o de todos los planes de pensiones del partícipe) en caso de posibilidad de desahucio:

  • Se debe dar la existencia de un proceso judicial en marcha que, deberá ser acreditado como situación en la que la persona se encuentra sometido al procedimiento de ejecución forzosa judicial o administrativa, venta extrajudicial forzosa para el cumplimiento de obligaciones, que incluya la vivienda como objeto.
  • De la misma manera el solicitante no puede disponer de otros bienes, derechos o ingresos para afrontar la deuda y evitar el desahucio.
  • Por último debe darse la condición de un importe neto de del ahorro en el plan de pensiones que resulte suficiente para hacer frente a la deuda y evitar el proceso de desahucio.

13856204644_d4d1a86a76_zEs importante detenernos un segundo en este último apartado ya que puede llegar a generar dudas y malos entendidos, debemos tener en cuenta que cuando se habla de un importe neto suficiente para hacer frente a la deuda no que se refiere al importe global de la hipoteca, si no a la deuda que ha motivado el proceso de ejecución, sean las mensualidades que sean, lo cual obviamente es un matiz muy importante ya que no será lo mismo de haber un año de cuotas de una hipoteca que el global del importe financiado. Por tanto, el hecho de no tener que asumir el importe pendiente de pago total de la vivienda, hace que este modelo de rescate pueda efectivamente ser útil.

Es importante también tener en cuenta que además de afectar a los planes de pensiones, tanto de empleo como individuales o asociados, este modelo de rescate se puede aplicar a otros productos de ahorro como los PPA o los planes de previsión social empresarial, incluso los seguros colectivos.

Sobre el papel estamos ante una medida temporal que se iniciaba a finales de la pasada primavera y terminará en el mes de mayo de 2015. Existe la posibilidad, más que fundada, de un replanteamiento de esta medida que, podría perfectamente prolongar su vigencia en función de cómo haya evolucionado la situación de los procesos judiciales además de por supuesto el conjunto de la economía del país.

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