¿Puedo seguir aportando al plan de pensiones tras jubilarme?

Los planes de pensiones están pensados como un complemento a la pensión pública una vez llegado el momento de la jubilación. ¿Y si no queremos cobrarlos entonces? ¿Es posible seguir realizando aportaciones al plan aún jubilado?

Seguir aportando al plan de pensiones al jubilarse

Lo más habitual es rescatar el plan de pensiones llegado el momento de la jubilación. Sin embargo, la Ley no obliga a recuperar el dinero en ese preciso instante, sino que se puede esperar el tiempo que uno estime necesario. ¿Y se podría seguir realizando aportaciones? Sí, pero siempre que se cumpla una premisa: no haber rescatado ese plan de pensiones o ningún otro del sistema individual.

Es decir, que si optas por jubilarte y no rescatar tu plan de pensiones solo cobrarás tu pensión pública y lo que puedas recuperar de otras inversiones que no sean planes de pensiones.  En el momento en el que cobre tu plan, se acabó la posibilidad de aportar.  Destrás de esta regla está la imcompatibilidad de realizar aportaciones y cobrar simultáneamente por esa misma contigencia. Dicho de otra forma, no puedes estar asegurando tu jubilación y disfrutando de los beneficios de invertir a través del plan de pensiones y cobrarlo al mismo tiempo.

La excepción, cuando son distintas contingencias

Como casi toda norma, existe una excepción que se aplica cuando el dinero no se destina a la jubilación sino a otra contingencia. Casi siempre pensamos en los planes de pensiones como una fórmula para completar la pensión pública que cobraremos a la jubilación. Sin embargo, los planes de pensiones cubren otras contingencias para las que sí se podrán seguir haciendo aportaciones. Además de la jubilación, son las siguientes:

  • Incapacidad permanente total y gran invalidez
  • Fallecimiento
  • Dependencia severa según lo dispuesto en la Ley 39/2006

Además, gracias a la reforma fiscal existe la posibilidad de recuperar el dinero invertido una vez pasados 10 años,  de forma que en 2025 se podrían recuperar las aportaciones de 2015 y así sucesivamente. Un partícipe podrá seguir realizando aportaciones para estos casos concretos, pero no para la jubilación.

A priori no parece muy interesante seguir aportando salvo en el supuesto de la liquidez a 10 años, dado que ese dinero sí podremos utilizarlo básicamente de igual forma que el de la pensión para jubilación. En los otros dos casos, se supone que el dinero que hemos ido acumulando hasta la fecha debería ser suficiente para cubrir esas eventualidades.

Y tu ¿seguirías aportando al plan una vez jubilado?

Imagen –  Lisa S. en Shuttersttock

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