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Recuperar un Plan de Pensiones

Si usted ya posee su plan de pensiones seguramente se abra preguntado cuando puede recuperar todo lo que ha aportado al mismo, o si todavía no lo hizo es un punto importante a tener en cuenta.

Una característica importante que tienen los planes de pensiones es que usted no puede recuperar el dinero invertido cuando quiera. La ley estipula que sólo se puede recuperar en los siguientes casos:

  • Jubilación del partícipe. Pero en caso de que el partícipe no pueda tener acceso a la jubilación, ya sea por ejemplo, por no haber cotizado nunca a la Seguridad Social, entonces la ley le permite recuperar el dinero a partir de los 65 años, momento en el que el partícipe no ejerza o haya cesado en la actividad laboral o profesional y no se encuentre cotizando para la contingencia de jubilación para ningún régimen de la Seguridad Social. Aunque también puede anticiparse la prestación a partir de los 60 años o los 45 años si el titular es minusválido.
  • Invalidez laboral del partícipe. El plan puede hacerse efectivo en caso de incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual, o absoluta y permanente para cualquier tipo de trabajo, o gran invalidez, determinadas conforme al régimen correspondiente de la Seguridad Social.
  • Muerte del partícipe. En este caso el dinero revertirá a los beneficiarios o herederos legales.
  • Enfermedad grave. Deberá acreditar con un certificado médico de la Seguridad Social o de una entidad concertada cualquier dolencia física o psíquica que incapacite temporalmente para la ocupación o actividad habitual durante un periodo continuado mínimo de 3 meses y que requiera una intervención clínica de cirugía mayor en un centro hospitalario, o cualquier dolencia o lesión física o psíquica con secuelas permanentes que limiten parcialmente o impiden totalmente la actividad habitual.
  • Desempleo de larga duración. Esto es cuando el titular se encuentre en situación legal de desempleo (no voluntario) durante un periodo continuado mínimo de 12 meses, siempre que esté inscrito en el INEM y no perciba prestaciones contributivas.

Ahora bien, ya hemos visto como recuperar el plan de pensiones, pero para poder recuperar el dinero aportado a estos planes existen distintas formas:

  1. En forma de capital: se cobran todos los derechos consolidados acumulados en prestación de pago único.
  2. En forma de renta: mediante la percepción periódica (mensual, trimestral, semestral, anual) de un determinado monto, a decisión del titular, pudiendo realizar en cualquier momento la liquidación total del saldo que queda pendiente o de una parte del mismo, pero en este caso dejan de abonarse las sucesivas rentas hasta compensar el saldo anticipado.
  3. De forma mixta: combinación de capital y renta.
  4. En forma de renta asegurada o de seguros: esto es cobrar de manera vitalicia una renta, a una o dos vidas y con o sin seguro de vida.

En el caso de fallecimiento, ya sea durante el periodo en el que se realizan las aportaciones, o en el que ya se está cobrando una renta, el saldo acumulado lo cobrarán el cónyuge, los hijos o cualquier otra persona que haya designado el titular.

VER ULTIMAS MEDIDAS: APROBACIÓN DEL RESCATE DEL PLAN DE PENSION A LOS PARADOS

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20 Comentarios »

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  1. [...] Más allá de esto, el ahorro para el futuro es lo que debería primar en una inversión como esta, de largo plazo y con solo un puñado de opciones para rescatar el plan de pensiones. [...]

    Pingback por Todo Productos Financieros - » Claves para la elección de un plan de pensiones — December 9, 2008 #

  2. Tengo 63 años y cuatro meses. He agotado la prestación por desempleo y me he acogido a la jubilación anticipada. ¿Se considera esta jubilación anticipada suficiente para recuperar mis planes de pensiones?.
    Muchas gracias.

    Comentario por REMIGIO RODRIGUEZ DIAZ — February 7, 2009 #

  3. Llevo desempleado desde Noviembre 2007, y quisiera recuperar un plan de pensiones que tengo. Mi pregunta es que estuve apuntado en el Inem pero como no he pasado renovaciones supongo que ya no estaré inscrito. he recibido mi impreso de vida laboral y en él se ve perfectamente que he trabajado desde entonces.
    ¿Podría comenzar las gestiones para recuperarlo?
    Espero su respuesta.
    D.

    Comentario por david — February 25, 2009 #

  4. Lee nuestro post: http://planesypensiones.com/recuperar-plan-de-pension-la-opcion-de-los-parados.html

    En un principio, deberías poder.

    Comentario por Viviana Bocasi — February 26, 2009 #

  5. He sido gerente de mi empresa , que cerré en Febrero de 2008 estaba cotizando como autonomo por supuesto sin derecho a paro. Puedo recuperar el importe de mi plan de pensiones? que documentacion debo presentar ? y donde?
    muchas gracias

    Comentario por jaime taña lopez — March 2, 2009 #

  6. Quizá te sirva esta información:

    http://planesypensiones.com/recuperar-plan-de-pension-la-opcion-de-los-parados.html/

    Comentario por Viviana Bocasi — March 3, 2009 #

  7. He estado cobrando la prestación por desempleo desde junio de 2006 hasta junio de 2008. En la actualidad tengo derecho a un subsidio de desempleo. En este caso, ¿es posible rescatar mi plan de pensiones?
    Muchas gracias

    Comentario por Ana Sintas — March 4, 2009 #

  8. Tengo un plan de pensiones desde hace casi 16 años.
    A fecha de hoy, he visto como se han perdido todas las ganancias del mismo, no solamente las ganancias, tambien las mensualidades que he ido ingresando mensualmente.
    Era un plan fijo, el cual me garantizaba que ganaria poco pero no perderia nada de las aportaciones realizadas, “MENTIRA”.
    He optado por paralizar las mensualidades y dejarlo quieto un tiempo, “Seguiré perdiendo dinero”, pero ya no ingresaré más.
    Soy autónomo y me pregunto si se podria hacer de manera, que el autónomo se cobrase de mi dinero que hay paralizado, puesto que no me aclara nadie si puedo recuperarlo de alguna manera.
    Gracias, Javier.

    Comentario por javier — April 7, 2009 #

  9. Tengo un plan de pensiones y quisiera rescatarlo, ¿hasta que año esta exento el 40% del capital de tributar ? gracias…

    Comentario por Felix — April 15, 2009 #

  10. Me pongo en contacto con ustedes para consultar si existe algún plazo legal en el caso de la recuperacion del capital aportado a un plan de jubilación, una vez solicitado y dado que se dan las condiciones lagales para solicitarlo. Es decir cuanto puede la empresa alargar el trámite antes de pagar el 100 % capital? Es que nos encontramos en este caso y parece que no tienen ninguna prisa en resolver el expediente si bien legalmente mi padre esta jubilado y cumple todos los requisitos para rescatar su pland e jubilacion.

    Muchas gracias

    Comentario por Anna — May 20, 2009 #

  11. hola llevo un año de baja y varias operaciones en una mano alguien me podria decir como puedo recuperar el pla de pensiones?.

    Comentario por carlos — June 6, 2009 #

  12. Los trabajadores vascos del metal tienen un plan de pensiones (EPSV-Geroa) a la fuerza y sin haber siquiera firmado una autorizacion, todo porque nuestros sindicatos consideran bueno poner a la zorra a guardar las gallinas,algo les ira en ello(yo soy sindicalista y se como funcionan por arriba).
    Y bien, yo me pregunto ¿que legalidad hay en todo esto? ¿se podrian iniciar acciones legales para recuperar nuestro dinero?.
    Si alguien me puede orientar dejo un correo: acastondo@yahoo.com

    Comentario por Jos — July 15, 2009 #

  13. Recuperar un Plan de Pensiones…

    Si usted ya posee su plan de pensiones seguramente se abra preguntado cuando puede recuperar todo lo que ha aportado al mismo, o si todavía no lo hizo es un punto importante a tener en cuenta….

    Trackback por floreame.net — September 17, 2009 #

  14. Hola,

    Tengo un problemilla con un Plan de Pensiones que tengo.
    En los tiempos de crisis que se estan corriendo, yo también noto mucho la crisis. Mi situación familiar no es economicamente muy optimista y algunas deudas s me estan comiendo. Tengo un empleo -trabajo- pero necesiti un empujón para recuperar un poco de estabilidad. La cuestión es que poseo un Plan de Pensiones y me interesaria rescatarlo para utilizarlo para liquidar diferentes deudas y utilizar parte para capital de un pequeño negocio.

    ¿Alguien conoce alguna manera de rescatarlo?
    ¿Lo permite Hacienda de alguna manera?

    Esperando alguna respuesta,
    Les saluda,

    Miquel Pujol

    Comentario por Miquel — October 22, 2009 #

  15. Comentario para Javier.

    Los planes de Pensiones se puden cobrar en la jubilación para cobrarlos antes tiene que haber una invalidez o paro de larga duración.

    Para no seguir perdiendo te aconsejo que hagas una solicitud de movilización y conviertas el plan de pensiones de un plan de previsión asgurado, esto lo contempla la ley.
    ponte en contacto con un agente de MUTUA GENERAL DE SEGUROS de tu población y te orientara sobre este tema.

    Saludos

    Comentario por ANTONIO — November 12, 2009 #

  16. Esta dirección me ha solucionado las dudas
    http://todoproductosfinancieros.com/recuperar-plan-de-pension-la-opcion-de-los-parados/
    Saludos

    Comentario por Carolina — January 10, 2010 #

  17. Hola, llevo 2 años en el paro y este mes es el último que he cobrado, puedo solicitar que me den mi plan de pensiones que tengo desde el año 2000, ¿ debo pagar algo de lo que me han desgrabado ????

    saludos

    Comentario por Maria — February 10, 2010 #

  18. [...] Recuperar Plan de Pensiones [...]

    Pingback por Guia de ahorro e inversión para la jubilación — February 11, 2010 #

  19. Me pongo en contacto con Vds. por el siguiente tema:

    Soy jubilada, y tengo un plan de pensiones que no he rescatado en su momento, y después he ido a reclamarlo y me han dicho solamente lo podrán rescatar mis herederos.

    Quisiera saber si hay alguna posibilidad de retirar ese dinero en vida, y que pasos hay que seguir, entre otras cosas por la crisis me hace falta.

    Un saludo, Pilar.

    Comentario por Pilar — March 8, 2010 #

  20. tengo dos planes de pensiones en uno aporto desde el año 2000, pero en el otro no aporto nada desde el año 1999, cuanto tengo que pagar a hacienda y si el rescate es inmediato por jubilación por enfermedad?. Un saludo Gabriel

    Comentario por Gabriel — June 20, 2010 #

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