Seguridad Social

 

El Gobierno ha decido actualizar el Sistema de Seguridad Social, de modo que el importe los complementos a mínimos de las pensiones contributivas no sea superior en ningún caso a la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez en sus modalidades no contributivas.

El objetivo de esta actualización es precisamente evitar abusos en la correlación entre pensiones contributivas y no contributivas, según lo demuestra el anteproyecto de ley de Actualización del Sistema de Seguridad Social.

Para este año, el Estado tiene destinado 2.800 millones de euros para financiar los complementos de pensiones mínimas, lo que supone 100 millones más de lo fijado para 2010.

Con esta actualización, si un pensionista tiene a cargo a su cónyuge, el importe de los complementos no podrá superar la cuantía que correspondería a la pensión no contributiva fijada para unidades en las que concurran dos beneficiarios con derecho a pensión.

Cabe destacar que este límite no se aplicara en el caso de las pensiones de gran invalidez y a las de orfandad, mientras que se incrementen en la cuantía de la pensión de viudedad. Tampoco afectará a las pensiones reconocidas antes del 1 de enero de 2013, con el fin de respetar las expectativas.

Esta actualización de la Seguridad Social también fija la incompatibilidad de una pensión de incapacidad permanente absoluta y de gran invalidez con el trabajo después de la edad de jubilación.

Asimismo, en cuanto las personas que hayan finalizado sus estudios universitarios o de FP que hayan participado en programas de formación financiados por organismos o entidades públicas o privadas (becarios) por primera vez esta norma reconoce periodos de cotización con un máximo de dos años, y entre las condiciones figura el que tengan menos de 32 años.

Por otra parte, esta norma permite computar hasta 2 años de cotización a las personas que hayan tenido que dejar su empleo para cuidar a sus hijos, a razón de 9 meses por descendiente o menor adoptado. Sin embargo, este beneficio que estipula la ley solo se reconocerá a uno de los progenitores y en caso de controversia entre ellos se otorgará el derecho a la madre.

Respecto a los autónomos, este borrador del Anteproyecto de Ley de Seguridad Social indica que el Gobierno incrementará las bases de cotización de los autónomos de forma anual por encima de las revalorizaciones de los últimos años, que se han situado en torno al 2%, según la previsión de inflación.

La reforma también indica que a partir de 2013 los autónomos que se den de alta deberán cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, un pago que en estos momentos es voluntario. En este sentido, es importante resaltar que esta medida no tendrá carácter retroactivo, con lo cual los autónomos actuales no van a tener que cotizar por ello, pero a su vez, obliga a que los futuros autoempleados coticen también por el desempleo, es decir, por la prestación por cese de actividad.

Por ultimo, le comentamos que esta actualización de la norma indica que a partir de su aprobación la subida tanto de la base mínima de los autónomos como del resto de las bases se realizará en relación al incremento de las cotizaciones del Régimen General, o lo que es lo mismo, lo que vayan incrementando los salarios, y a los autónomos se les añadirá un punto adicional.

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