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Tipos de Planes


Como ya sabemos, un Plan de Pensiones es un producto ahorro-inversión que se encuentra vinculado directamente a la jubilación. Básicamente podemos diferenciar tres tipos de planes:

  • Asociados: son para un colectivo determinado.
  • Individuales: para quien voluntariamente quiera suscribirlos.
  • De empleo: son promovidos por las empresas como fórmula de retribución en especie a sus trabajadores.

Otra forma de clasificarlos puede ser la siguiente:

Según el sujeto constituyente: es muy similar a la clasificación anterior, ya que estos planes tienen que ver con quien lo promueve. Así, los Planes de Pensiones del Sistema Individual son los promovidos por una o varias entidades de carácter financiero, entidades de crédito o compañías aseguradoras, y cuyos partícipes son las personas físicas que lo contratan. Por su parte, los Planes de Pensiones del Sistema Asociado, son los promovidos por cualquier asociación, sindicato, gremio o colectivo, siendo los partícipes sus asociados y miembros. Por ultimo tenemos los Planes de Pensiones del Sistema de Empleo, son los constituidos por cualquier entidad, corporación, sociedad o empresa y cuyos partícipes son sus empleados.

Según las obligaciones estipuladas: en este caso las prestaciones y aportaciones son las encargadas de definir esta clasificación. Los Planes de Pensiones son de Prestación Definida cuando en ellos se define la cuantía de las prestaciones a percibir por los beneficiarios. Una vez fijada la prestación, la aportación se obtiene de la aplicación del sistema financiero-actuarial establecido en el Plan y de la evolución de la rentabilidad. Por su parte son de Aportación Definida cuando en el momento de la creación del Plan se define la cuantía de las aportaciones de los partícipes y de las contribuciones del promotor, y en este caso la cuantía de las prestaciones no queda determinada hasta el momento de la contingencia como resultado del proceso de capitalización desarrollado por el Plan. Por ultimo son Mixtos en el supuesto de que, simultáneamente, se defina la cuantía de la prestación y la cuantía de la contribución.

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    Pingback por Guia de Planes de Pensiones — marzo 14, 2011 #

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