Tras la fusión legal de las Caixes de Catalunya, Tarragona y Manresa, CatalunyaCaixa ha lanzado al mercado la comercialización de sus primeros planes de pensiones.
Dentro de sus planes Renta Fija Corto Plazo nos ofrece: Caixa Catalunya Plan de Pensiones Dinero.
El Plan de Pensiones Dinero es un plan que está integrado en el fondo de Renta Fija Corto Plazo Caja de Cataluña II, Fondo de Pensiones.
La política de inversiones de este fondo está destinada a maximizar la rentabilidad a corto plazo a través de la inversión de la totalidad de la cartera en valores de Renta Fija, principalmente a corto, y Activos del Mercado Monetario.
Los activos en los que invierte han sido seleccionados bajo los supuestos de seguridad, rentabilidad, diversificación, dispersión, liquidez, congruencia monetaria y plazos adecuados a sus necesidades.
Todos los valores que componen la cartera pertenecen a países miembros de la O.C.D.E. Este fondo no asume riesgo divisa.
Análisis Datos de Plan de Pensiones:
Rentabilidad acumulada del año en curso: 0,98%
Rentabilidad 12 meses (TAE): 0,89%
Rentabilidad 3 años (TAE): -1,97%
Rentabilidad año 2010 (TAE): -1,24%
Evolución de los mercados financieros
Caída generalizada en la mayoría de mercados de renta variable, con un retroceso del índice MSCI World en mayo del -8.99%. En Estados Unidos las caídas han oscilado desde el -6.21% del Dow Jones al -7.30% del Nasdaq. En Europa, el Eurostoxx ha retrocedido un -8.13% y los mercados emergentes experimentan una corrección del -7.35% de media. Hacia finales de mes observamos asimismo una derivación de la inversión en el bono alemán hacia el francés, que ha llegado a mínimos de agosto del 2010.
La principal ventaja es reducir la base imponible del IRPF, con los siguientes límites máximos, dependiendo de la edad del aportante:
- Si usted tiene hasta 50 años, el límite anual es 10.000 € (con el tope del 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas)
- Si tiene más de 50 años, el límite es de 12.500 € (con un tope del 50% de los ingresos).
Estos límites podrán subir ya que, con independencia de las reducciones anteriores, si su cónyuge percibe rentas inferiores a 8.000 euros anuales, podrá reducir las aportaciones realizadas a favor de su cónyuge, con el límite máximo anual de 2.000 euros.
Existen casos especiales para aquellas personas con minusvalía igual o superior al 65%, que podrán aportar hasta un límite de 24.250 euros. Y si usted es familiar de minusválido en línea directa, colateral hasta el tercer grado o cónyuge, y quiere hacer aportaciones a favor de éste, podrá hacerlas de forma complementaria a la suya, siempre con el límite de 10.000 euros anuales. En ningún caso podrá superarse conjuntamente el límite de 24.250 €.
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