GVC Gaesco Pensiones SGFP, es la sociedad gestora de Fondos y Planes de Pensiones del grupo GVC Gaesco.
Es la gestora de los Planes promovidos y comercializados por GVC Gaesco y los planes de otras Entidades financieras y de crédito que han depositado su confianza en su profesionalidad e independencia.
Los Fondos de Pensiones de GVC Gaesco permiten planificar su ahorro a medio/largo plazo de forma flexible y dinámica, aprovechando las ventajas fiscales de los Planes de Pensiones.
GVC Gaesco Junior es un Fondo de pensiones dinámico y activo, ubicado dentro de la categoría de renta variable mixta, el objetivo del Fondo es lograr rentabilidades atractivas optimizando el binomio Rentabilidad-Riesgo, el fondo invierte mayoritariamente en renta variable nacional e internacional con una filosofía de inversión activa y flexible. Está diseñado para canalizar el ahorro que busque rentabilidades atractivas a medio y largo plazo.
GVC Gaesco Senior es un Fondo de Pensiones conservador, dentro de la categoría de renta fija mixta, el objetivo del Fondo es la consecución de rentabilidades a corto y medio plazo bajo la premisa de preservación del capital. Está diseñado para canalizar el ahorro conservador, que busque estabilidad.
Ambos Fondos son complementarios, mediante su combinación el participe puede adecuar la inversión a su perfil de riesgo y si lo desea, puede gestionar su posición traspasándola de un Fondo a otro con absoluta flexibilidad y rapidez (24 horas) y sin ningún tipo de coste.
El conocimiento de los mercados financieros y de esos clientes les permite ofrecer un asesoramiento «ad hoc», recomendando las inversiones que mejor se adaptan a su situación personal, familiar y fiscal.
La información es rentabilidad. En Gaesco, un equipo profesional le informa de los cambios en la realidad y las perspectivas de los mercados y le ayuda a tomar decisiones de inversión desde una óptica profesional .
La principal ventaja es reducir la base imponible del IRPF, con los siguientes límites máximos, dependiendo de la edad del aportante:
- Si usted tiene hasta 50 años, el límite anual es 10.000 € (con el tope del 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas)
- Si tiene más de 50 años, el límite es de 12.500 € (con un tope del 50% de los ingresos).
Estos límites podrán subir ya que, con independencia de las reducciones anteriores, si su cónyuge percibe rentas inferiores a 8.000 euros anuales, podrá reducir las aportaciones realizadas a favor de su cónyuge, con el límite máximo anual de 2.000 euros.
Existen casos especiales para aquellas personas con minusvalía igual o superior al 65%, que podrán aportar hasta un límite de 24.250 euros. Y si usted es familiar de minusválido en línea directa, colateral hasta el tercer grado o cónyuge, y quiere hacer aportaciones a favor de éste, podrá hacerlas de forma complementaria a la suya, siempre con el límite de 10.000 euros anuales. En ningún caso podrá superarse conjuntamente el límite de 24.250 €.
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