Seguimos hablando de las jubilaciones anticipadas 2012.
Jubilación anticipada a partir de los 60 años por tener la condición de mutualista
• Trabajadores que hubiesen sido cotizantes en alguna de las Mutualidades Laborales de trabajadores por cuenta ajena con anterioridad al 1-1-67.
• Trabajadores de la RENFE desde antes del 14 de abril de 1967 o en FEVE desde antes del 19 de diciembre de 1969.
• Estar incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar antes del 1 de agosto de 1970
• Trabajadores pertenecer al Régimen Especial de la Minería del Carbón desde antes del 1 de abril de 1969 o antes del 31 de diciembre de ese mismo año si se tiene condición de mutualista.
• En estos casos se aplicará un coeficiente reductor del 8% por cada año de anticipo.
Jubilación anticipada a partir de los 61 años sin tener la condición de mutualista
Los trabajadores desempleados pueden optar en forma voluntaria por jubilarse a los 61 años si cumplen los requisitos siguientes:
• Tener cumplidos los 61 años.
• Haber cotizado a la Seguridad Social durante al menos 30 años
• Estar inscritos como demandantes de empleo durante los 6 meses previos a la solicitud de pensión por jubilación.
• Demostrar que la finalización del último contrato laboral no se produjo por voluntad del trabajador.
• El coeficiente reductor que se aplicará es del 7,50% por cada año de anticipo.
Jubilación anticipada voluntaria sin causa a los 64 años:
Como novedad, a partir de la reforma, el trabajador tendrá la posibilidad de jubilarse a los 64años de forma voluntaria sin causa, para lo cual deberá cumplir con el requisito de tener cotizados 33 años, en vez de 30 como se exige ahora. En este caso el coeficiente reductor será del 7,5% por cada año de anticipo. Ver más información
Jubilación anticipada en determinadas profesiones:
Los profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa o tóxica pueden rebajar o anticipar su edad de jubilación, como, por ejemplo, los trabajadores incluidos en el Estatuto del Minero, el personal de vuelo de trabajos aéreos, los trabajadores ferroviarios, los artistas (60 años) y los profesionales taurinos (55 años). Como norma general, la edad de jubilación nunca será inferior a 52 años si se quiere acceder a la pensión de jubilación salvo en los regímenes especiales de Minería de Carbón y Trabajadores del Mar que, en 01-01-08, tuviesen reconocidos coeficientes reductores de la edad de jubilación, en cuyo caso, seguirán siendo de aplicación las reglas establecidas en la normativa anterior. Ver más información
Jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%:
La edad ordinaria de jubilación podrá ser reducida mediante la aplicación de coeficientes reductores, en el caso de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 65% o, también, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, siempre que, en este último supuesto, se trate de discapacidades reglamentariamente determinadas en las que concurran evidencias que determinan de forma generalizada y apreciable una reducción de la esperanza de vida de esas personas, cuya edad de jubilación en este ultimo caso será a partir de los 58 años.
Jubilación Felxible
Es la que se refiere a la posibilidad de compatibilizar la pensión de jubilación con un contrato de trabajo a tiempo parcial, dentro de unos límites de jornada marcados en el artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores. Evidentemente esta situación supondrá una minoración de la pensión inversamente proporcional a la aplicable a la jornada de trabajo del pensionista. Ver más información
Jubilación Parcial
Esta jubilación es la iniciada después de cumplir los 60 años y se simultanéa con un contrato de trabajo a tiempo parcial y vinculada o no con un contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo Ver más información
Estas son las causas de la jubilación anticipada. Aquí os dejamos nuestra guía para la jubilación y algunos buenos consejos:
- Guia de Planes de Pensiones
- Cuatro pasos para planificar la jubilación
- ¿Cuánto necesito para jubilarme?
- ¿Cuándo y cómo jubilarse?
- ¿Cuando Contratar el Plan de Pensión?
- Como cobrar un plan de pensiones