El pasado jueves 30 de julio el Consejo de Ministros aprobó la modificación del reglamento de planes y fondos de pensiones para que los desempleados sin ayuda alguna puedan rescatarlos sin demoras.
Con esta modificación quien se encuentre en paro, incluidos los autónomos, y no cuentan con ninguna prestación porque ya la han agotado o porque no tiene derecho a cobrarla, no tendrán que esperar los 12 meses en situación legal de desempleo que establece actualmente el reglamento para poder acceder al rescate de su plan de pensiones.
El autónomo que cese en su actividad y se inscriba como demandante de empleo también podrá percibir el plan sin esperar ese periodo. Lo que se busca con esta modificación es favorecer el poder adquisitivo de las personas desempleadas que hayan invertido en estos planes de pensiones.
Este nuevo reglamento establece que en ningun caso se puede cobrar el paro y, a la vez, recuperar la pensión. De esta manera, los que tienen derecho a paro por más de 12 meses tendrán que agotarlo antes de recuperar sus ahorros depositados en un plan de pensiones. Ha quedado fuera la posibilidad de que se puedan recuperar las pensiones de cónyuges o familiares en línea ascendente o descendente para evitar abusos.
El Consejo de Ministros aprobó también la eliminación del procedimiento de autorización previa que se exigía a los fondos de pensiones para operar como fondos abiertos.