Banco Caminos es otra de las entidades que se encuentra realizando una campaña destinada a captar ingresos mediante sus planes de pensiones.
Es interesante pensar en aportar a un plan de pensiones, especialmente cuando quieres reducir la base imponible de tu IRPF y si en el futuro deseas cobrar una prestación adicional y complementaria a las pensiones públicas o seguridad social.
La Seguridad Social está administrada por el Estado. Las prestaciones que pagan los Fondos de Pensiones no tienen relación con la Seguridad Social. Los Fondos de Pensiones son administrados por una Entidad Gestora privada que se encarga de realizar las inversiones, llevar la contabilidad y pagar las pensiones. Una Entidad Depositaria privada, Banco o Caja de Ahorros se encarga de cuidar los valores y tramitar las operaciones.
Banco Caminos ofrece varias opciones para que tu puedas elegir la que se adapte a tus necesidades.
Rentabilidad acumulada de los Planes de Pensiones en el primer semestre de 2011 hasta 30 de junio.
• Cauce 2000 1.10%
• Cauce Mixto Variable -0.14%
• Cauce Dinero 2.03%
Cause 2000: Este fondo se creó en 1988 y en él está integrado el Plan de Pensiones Individual Caminos Uno, calificado como Plan de Pensiones de Renta Fija Mixta I, es decir, con un porcentaje máximo entorno al 15% de Renta Variable.
Cause Mixto Variable: Este fondo se creó en 1999 integrando en él al Plan de Pensiones Individual Caminos Bolsa, cuya inversión de sus fondos se realiza hasta un 50% en Renta Variable.
Cauce Dinero: Este fondo se creó en 2008 integrando en él al Plan de Pensiones Individual Caminos Dinero, cuya inversión de sus fondos se realiza en renta fija a corto plazo.
Les recordamos además que la Ley permite cambiar en cualquier momento, y cuantas
veces lo desee, de un Plan de Pensiones a otro, sin repercusión fiscal o gasto alguno
La principal ventaja es reducir la base imponible del IRPF, con los siguientes límites máximos, dependiendo de la edad del aportante:
- Si usted tiene hasta 50 años, el límite anual es 10.000 € (con el tope del 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas)
- Si tiene más de 50 años, el límite es de 12.500 € (con un tope del 50% de los ingresos).
Estos límites podrán subir ya que, con independencia de las reducciones anteriores, si su cónyuge percibe rentas inferiores a 8.000 euros anuales, podrá reducir las aportaciones realizadas a favor de su cónyuge, con el límite máximo anual de 2.000 euros.
Existen casos especiales para aquellas personas con minusvalía igual o superior al 65%, que podrán aportar hasta un límite de 24.250 euros. Y si usted es familiar de minusválido en línea directa, colateral hasta el tercer grado o cónyuge, y quiere hacer aportaciones a favor de éste, podrá hacerlas de forma complementaria a la suya, siempre con el límite de 10.000 euros anuales. En ningún caso podrá superarse conjuntamente el límite de 24.250 €.
A continuacion le acercamos todos los rankings por categorías de los Planes de Pensiones