El BBVA Protección 2020 ocupó el año pasado el puesto número 4 de los diez Planes de Pensiones más elegidos por la gente.
Es un Plan de Pensiones del Sistema Individual integrado en el fondo de pensiones Garantizado BBVA TREINTA Y CUATRO, F.P.
Gestión activa de la cartera que se adecua en función de las perspectivas del mercado y del transcurso del tiempo hasta el vencimiento de la garantía.
Garantía del 100% de todas las aportaciones que vaya realizando y de las revalorizaciones que el Plan vaya consiguiendo trimestralmente, según garantía externa al Plan otorgada por BBVA.
Dirigido a clientes con aversión al riesgo que busquen en todo momento la preservación de las aportaciones al Plan y que tengan su horizonte de jubilación próximo al 2020.
Este Plan de Pensiones se regulará por estas Especificaciones, y por cuantas disposiciones normativas de cualquier rango que, actualmente o en el futuro, puedan serle de aplicación.
La duración de este Plan de Pensiones es indefinida.
Se configura como una institución de previsión de carácter privado, voluntario y libre que, en razón de sus sujetos constituyentes, se encuadra en la modalidad de Sistema Individual y, en razón de las obligaciones estipuladas, es un Plan de Aportación Definida.
Las aportaciones realizadas a este Plan de Pensiones son irrevocables desde el momento en que son exigibles, entendiendo por exigibles el compromiso del partícipe a realizar las mismas a través del oportuno boletín firmado por el mismo. El partícipe podrá adherirse al Plan vinculado a la solicitud de traspaso desde otro Fondo, sin necesidad de realizar ninguna aportación.
Las aportaciones de los Partícipes al Plan podrán ser periódicas y/o extraordinarias, a elección del mismo.
1. Periódicas: Al solicitar la adhesión al Plan, el Partícipe indicará los siguientes extremos:
• Importe: En todo caso debe respetarse el mínimo de aportaciones, fijado en:
30€ para los importe periódicos mensuales
90€ para los importes periódicos trimestrales
180€ para los importes periódicos semestrales
360€ para los importes periódicos anuales
• Periodicidad: Anual, semestral, trimestral o mensual.
• Revalorización de las aportaciones. El Partícipe fijará la evolución anual de las aportaciones periódicas
• Pago de las aportaciones periódicas: El cargo de las aportaciones se efectuará en la cuenta corriente que el Partícipe haya designado, el día 5 de los meses en que correspondan, o en su caso el siguiente día hábil para la Entidad Gestora.
• Modificación de las aportaciones. El Partícipe del Plan podrá en cualquier momento modificar tanto el importe de las aportaciones periódicas como la periodicidad de las mismas.
2. Extraordinarias: Todo Partícipe podrá realizar aportaciones extraordinarias al Plan de Pensiones, que serán incorporadas a sus derechos consolidados.
En general, tendrán la consideración de aportaciones extraordinarias las cantidades abonadas por el Partícipe en cualquier momento, no sujetas a periodicidad.
El Partícipe, voluntariamente, podrá solicitar directamente a la Gestora, o a través del Promotor, la suspensión de las aportaciones al Plan.
• Estimación Partícipes + Beneficiarios: 72.088
• Estimación Patrimonio: 789.101.053,72
Composición de la cartera:
Renta Fija 94,9%
Renta Variable 2,7%
Liquidez Monetarios y Otros 2,4%
Total: 100,0%
Artículos de interés:
· ¿Cómo cotizan las participaciones preferentes?
· Todas las participaciones preferentes emitidas
· ¿Qué es una participación preferente?
· ¿Cómo se heredan las participaciones preferentes?