Cambio en el cálculo de las pensiones

Tras la aprobación de la reforma de las pensiones o conocido como el anteproyecto de ley de la reforma del sistema de pensiones y dejando atrás las diversas polémicas y propuestas que han hecho de ello una medida esperada, finalmente el Consejo de Ministros hace unos días se hizo eco y ha anunciado la reforma que espera pasar al Parlamento para ser aprobada.

Entre las modificaciones que se vienen sobre el sistema de pensiones llegarán a actor sobre ámbitos del sistema actual además de introducir nuevos aspectos, aunque recién regirá desde 2013.

De los cambios el principal se da en el cambio en el cálculo de las pensiones, y los cambios en la edad de jubilación.

Si bien ya se ha aprobado la subida en la edad de jubilación, subiendo hasta los 67 años la edad de jubilación, partiendo de los 65 años, aunque siendo flexible, por lo que los trabajadores que lleguen a los 65 años y que cotizaran 38 años y medio estos podrán jubilarse a los 65 años.

Aunque esta subida de la edad de jubilación será gradual, irá subiendo 1 mes por cada año en los primeros 6 años, y entre el periodo comprendido de 2013 a 2018, a demás de2 meses por año durante los 8 meses siguientes, desde el año 2019 a 2027.

Por otro lado se modifica el periodo mínimo que esa solicitado para acceder a la pensión de jubilación contributiva, que continuará a en 15 años. Teniendo dichos años de cotización podrán hacerse en forma de pensión el 50% de la base cotizada, la que se aumentará partiendo de los años hasta poder llegar al 100% accediendo al derecho cotizando con 37 años ya que hasta el momento se ubicaba en los 35 años.

En cuanto al cálculo de la pensión también cambia en el número de años que se deben tener en cuenta para dicho cálculo de la pensión quedando en los 25 años, dejando atrás los 15 años.

Dicho aumento será gradual, siendo año tras año de forma que el periodo final se podrá lograr en el año 2022.

Mientras que en lo que respecta a las Jubilaciones anticipadas y prejubilaciones, cualquier trabajador tendrá derecho a acogerse de manera voluntaria a la jubilación anticipada al haber cumplido 63 años y con 33 años cotizados.

Existirá una reducción sobre la cuantía de la pensión del 7,5% por cada año que reste para la edad legal, dejando atrás el anterior 8%.

También habrá una reducción de la edad de jubilación en profesiones que son tomadas como penosas o peligrosas.

En cuanto a las prejubilaciones, la edad mínima a la que se pueden acogerse será de 55 años, quedando atrás los 52 años.

Además se amplía la carga que debe soportar la empresa será hasta que el trabajador cuente con 63 años cumplidos, dejando atrás los 61 años.

Otra de las medidas será la de favorecer a los trabajadores que decidan retrasar su jubilación, ya que se les bonificarán el 3,5% a los trabajadores que trabajen hasta los 67 años, también a los que con 65 años se puedan jubilar por los años cotizados.

En cuanto a las mujeres que han debido dejar de trabajar por tener que cuidar sus hijos accederán a 116 meses de cotización por hijo, y un máximo de 2 años, dicho cálculo servirá para su jubilación no más que eso.

También se les aplicará a las becas la cotización voluntaria, como la de los contratos de formación. Podrán ingresar en este sistema cumpliendo el requisito de firmar un convenio especial con la Seguridad Social y siendo además retroactivo con la finalidad de recuperar las cotizaciones de los últimos 4 años.

Es así que para poder calcular las pensiones, se debe de saber la base reguladora ya que esta es la media de las bases de cotización siendo actualizadas sobre los últimos 25 años cotizados y quedando atrás los 15 años anteriores.

Por lo que para poder cumplir con dichos años se extiende a 1 año por cada ejercicio transcurrido, llegado el 2022 se podrá hacer el cómputo de 25 años de cotización:

Pinchando aquí podrán acceder a un completo informe con datos de como se aplican los coeficientes reductores de la base reguladora.