El plan de pensiones de Unnim es una fórmula de ahorro para la creación de un capital para la jubilación, el cuál puedes constituir a partir de cómodas aportaciones periódicas.
- Bonificación de hasta un 4% por aportaciones y traspasos
- Ahorro fiscal de hasta un 56%
- Beneficíate de un anticipo sin pagar intereses los 6 primeros meses
Planes de Pensiones Individuales de Unnim:
Plan Tranquilidad 17PP
Un Plan de Pensiones Individual garantizado de renta fija a 4 años que garantiza una revalorización a vencimiento el 30 de julio de 2017 del
13,05% (TAE 2,75%)(1)
Plan Tranquilidad 20PP
Un Plan de Pensiones Individual garantizado de renta fija a 7 años que garantiza una revalorización a vencimiento el 30 de abril de 2020 del
28,43% (TAE 3,50%)(2)
Bonificaciones
Además de la rentabiilidad del plan que elijas, recibirás una bonificación de 4%(3) al realizar una aportación o traspaso igual o superior a 25.000 €. Y del 2%, si la cantidad es inferior.
Finalmente, te recordamos que si realizas una aportación a tu Plan de Pensiones hasta el 31 de diciembre de 2012, conseguirás un ahorro fiscal en su próxima declaración de la renta de hasta el 56%(4) de tus aportaciones realizadas durante el 2012.
Financiación
Y si lo deseas, puedes aprovechar la financiación que te ofrecemos para realizar tu aportación, y no pagues intereses durante los 6 primeros meses(5).
Oferta válida hasta el 15 de enero de 2013. Consulte condiciones en su Oficina Unnim o en unnim.es. Según carta de garantía externa al plan otorgada por Unnim de acuerdo con las condiciones generales incluidas en la carta de garantía. Unnim garantiza una revalorización del 13,05% (TAE del 2,75%) al vencimiento de la garantía el 30 de julio de 2017, para las
aportaciones así como para los traspasos internos y externos realizados en el Plan antes de la fecha de inicio de garantía el
21/01/2013.
Oferta válida hasta el 15 de enero de 2013. Consulte condiciones en su Oficina Unnim o en unnim.es. Según carta de
garantía externa al plan otorgada por Unnim de acuerdo con las condiciones generales incluidas en la carta de garantía.
Unnim garantiza una revalorización del 28,43% (TAE del 3,50%) al vencimiento de la garantía el 30 de abril de 2020, para las
aportaciones así como para los traspasos internos y externos realizados en el Plan antes de la fecha de inicio de garantía el
21/01/2013. Entidad Promotora y gestora:Unnim Vida, SA de Seguros y Reaseguros.
Entidad depositaria: UNNIM BANC SA, NIF A65609653, pl. Catalunya, 9, plantas 6 y 7, de Barcelona.
Respecto a las bonificaciones, según condiciones establecidas en el contrato de adhesión a la Bonificación de Unnim, conforme al importe
contratado, el cliente deberá permanecer en el Plan de Pensiones al menos 5 años. Los traspasos deben ser procedentes de planes no depositados en el Grupo BBVA.
Importes netos traspasados hasta el 31 de diciembre de 2012. 2% de bonificación para aportación y/o traspaso inferior a 25.000 € y 4% si el importe es igual o superior a 25.000 €. Planes de pensiones, gestora y promotora de los planes de pensiones: Unnim Vida, SA de Seguros y
Reaseguros. Entidad depositaria de los fondos de pensiones: UNNIM BANCO SA, NIF A65609653, pl. Catalunya, 9,
plantas 6 y 7, de Barcelona.
En el caso del ahorro fiscal, las aportaciones a Planes de Pensiones Individuales son deducibles de la base imponible del IRPF hasta los límites establecidos en la normativa fiscal por lo que el ahorro indicado dependerá del tipo marginal del aportante, pudiendo variar en algunas Comunidades Autónomas (Cataluña hasta el 56%. Asturias hasta el 55,5%. Andalucía,
Cantabria y Extremadura hasta el 55%. Aragón, Islas Baleares, Castilla La Mancha, Castilla León, Galicia e Islas Canarias hasta el 52%. Madrid y La Rioja hasta el 51,90%. Región de Murcia y Comunidad Valenciana hasta el 54%.
Navarra y Guipúzcoa hasta el 49%. Vizcaya y Álava hasta el 45%).
La Financiación estara sujeta a previo análisis y autorización por el Banco con el límite fiscal disponible de cada cliente en
el momento de la formalización del crédito. Máximo 12.500 € y destino PPI o PPA.
Condiciones generales de la «Bonificación 2%-4%» de Planes de Pensiones y de Planes de Previsión Asegurados
La BONIFICACIÓN consiste en el derecho a percibir en la forma prevista en el epígrafe 4, una cantidad equivalente al 2 % – menos la retención fiscal que corresponda – del importe aportado o traspasado a los Planes de Pensiones Individuales siguientes (en adelante, los PLANES):
UNNIM PENSIONS RF3
UNNIM PENSIONS RFM2
UNNIM PENSIONS RV1
UNNIM TRANQUILITAT 17
UNNIM TRANQUILITAT 20
La suscripción de esta BONIFICACIÓN es incompatible con cualesquiera otras bonificaciones de UNNIM VIDA, por lo que en caso de estar adherido a las mismas, se entenderá que se renuncia a dichas bonificaciones para las aportaciones o traspasos acogidos a la presente bonificación.
Aportaciones y traspasos bonificados
La BONIFICACIÓN únicamente será de aplicación a los partícipes/socios que:
Realicen aportaciones a los PLANES, computando como tales las aportaciones, tanto ordinarias como extraordinarias, realizadas conforme a lo previsto en el epígrafe 3.1. A estos efectos, no computarán las aportaciones procedentes de anteriores Programas de Bonificaciones de UNNIM VIDA, ni cualesquiera otras aportaciones ya bonificadas anteriormente.
Soliciten o hayan solicitado, entre el 01/02/2012 y el 04/01/2013 ambos inclusive, traspaso de sus derechos consolidados de otros Planes de Pensiones no comercializados en el grupo BBVA, siempre y cuando no procedan de Planes de Pensiones o de Previsión Asegurados comercializados en el grupo BBVA traspasados a otra Entidad con fecha posterior al 04/01/2013 y para aquellos que ya lo fueran, únicamente recibirá BONIFICACIÓN el incremento de patrimonio sobre esa fecha.
La BONIFICACIÓN será efectiva para las aportaciones y/o traspasos contemplados en el epígrafe anterior que se realicen en las condiciones siguientes:
Para las aportaciones, siempre que se realicen en el período comprendido entre el 01/02/2012 y el 15/01/2013 ambos inclusive, y no hayan sido bonificadas anteriormente.
Para los traspasos externos de entrada, siempre que se soliciten en el período comprendido entre el 01/02/2012 y el 04/01/2013 ambos inclusive, independientemente de la fecha en la que se reciban, y siempre que no hayan sido movilizados posteriormente, en cuyo caso únicamente recibiría BONIFICACIÓN el incremento de patrimonio.
El importe mínimo de la suma de las aportaciones (ordinarias o extraordinarias) y traspasos efectuados de acuerdo con los apartados anteriores, debe ser de 2.000 €.