Los españoles no solo tenemos una mala perspectiva de la jubilación, acompañamos este hecho con una cultura financiera media bastante escasa que, entre otras cuestiones nos hace desconocer muchas de las características básicas de los planes de pensiones.
Y desde luego dentro de estas características citadas no resulta un asunto menor el hecho de conocer las posibilidades de cobrar un producto que durante su proceso de vida resulta muy complejo para ser dotado de liquidez.
El cobro
Así como antiguamente (no hace tanto) la obligación de comunicar durante un periodo de tiempo corto (seis meses) tras la jubilación la fecha y el modo de cobro del plan, en la actualidad esto ya no se aplica por lo que tenemos más tiempo para planificar, gestionar y, claro está, cobrar nuestro plan de pensiones.
Básicamente existen tres formas de cobrar un plan de pensiones:
• En forma de Capital
• En forma de Renta
• En forma Mixta
En forma de capital el beneficiario percibe la totalidad de sus derechos consolidados en un único pago.
En la forma de renta, el beneficiario percibirá periódicamente una determinada cantidad por sus derechos consolidados. Las rentas se derivan en dos grandes grupos donde encontramos:
• La renta vitalicia: se garantiza la duración de las mismas de las rentas (y/o)un interés mínimo, suele presentarse asociado un seguro de garantía sobre las rentas, teóricamente el usuario percibirá un porcentaje periódico de sus derechos consolidados más intereses durante lo que le reste de vida.
• Renta financiera: mantiene un comportamiento similar en cuanto a percibir cuotas periódicas pero en este caso estas se retiran en el momento del agotamiento de los derechos consolidados, no existiendo periodo o interés garantizado. Este sistema se pacta con la entidad donde está suscrito el plan prefijando de antemano los criterios de percepción de la renta.
El modelo mixto como su nombre indica combinará la recepción de una parte de los derechos consolidados con la recepción de rentas en cualquiera de sus dos variables.