Se trata de una de las medidas excepcionales tomadas por el Gobierno para reducir el efecto económico que el Covid-19 ha tenido sobre los ciudadanos españoles.
Esta medida, que lleva en vigor desde mediados desde mediados de marzo y que tiene un periodo de duración de medio año desde su aprobación, permite realizar un rescate sobre el dinero a todo aquel titular de: un Plan de Pensiones, Planes de Previsión Asegurados, Planes de Previsión Social Empresarial y Mutualidades de Previsión Social. Por supuesto, será necesario cumplir con alguno de los siguientes requisitos si se quiere acceder a este rescate.
Cómo son y cómo se aplican los nuevos supuestos para rescatar un plan de pensiones
Se tendrá derecho a acceder al rescate de planes de pensiones si se es un trabajador por cuenta ajena al que se le ha realizado un ERTE como consecuencia de la crisis económica que se está viviendo por el estado de alarma, que tiene como objetivo frenar los contagios por Covid-19 y poner remedio a la pandemia mundial de la mejor manera posible.
También pueden acceder a esta medida aquellos empresarios que son dueños de un establecimiento que se encuentra cerrado desde mediados de marzo al no considerarse de un negocio de primera necesidad.
Como bien sabemos, los autónomos han sido uno de los grandes afectados por la crisis económica del Covid-19. Aquellos cuyos ingresos se hayan visto gravemente reducidos desde el comienzo de la cuarentena, o que incluso hayan dejado de percibirlos a causa del parón laboral, tendrán derecho a este tipo de rescate, siempre y cuando se encuentren dados de alta en la Seguridad Social.
Recientemente se ha publicado una modificación en este Decreto Ley, de manera que ahora también podrán acceder a esta medida trabajadores autónomos que, a pesar de no haber visto interrumpida su actividad laboral durante el periodo de confinamiento, si que hayan visto sus ingresos reducidos hasta un 75% o superior desde el comienzo del mismo.
Cada persona puede acceder a una cantidad de dinero distinta, ya que no todas las situaciones son iguales, pero siempre basándose en el resultado de multiplicar por tres el IPREM anual para 12 pagas vigente durante todo este año, por supuesto de manera proporcionada teniendo en cuenta el periodo de duración del ERTE, el periodo de suspensión de la apertura al público del establecimiento o al periodo de la vigencia del estado de alarma.
Esto dependerá del estado y situación de cada persona que reclama el rescate de los planes de pensiones. Además, se trata de una medida completamente excepcional por la situación tan complicada en la que nos encontramos, por lo que una vez finalizado el estado de alarma, esta medida dispondrá de tan sólo un mes más de vigencia antes de desaparecer.
Antes de tomar la decisión de pedir el acceso a este rescate, hay que tener en cuenta una serie de cosas. Para empezar, hay que sopesar la situación financiera en la que nos encontramos, saber qué producto financiero tenemos contratado exactamente, y si el tipo de inversión que se realiza es una renta fija, mixta o variable.
Esto es importante, ya que en un momento tan complicado como este, es posible que estemos perdiendo más dinero del que creemos. Para comprobar el estado actual de nuestro producto financiero, lo más adecuado es solicitar una cuenta de posición actualizada, que también nos ayudará a sopesar si realmente merece la pena realizar el rescate o no.