Fineco nos ofrece un completo plan de pensiones.
Se trata de una Plan de Pensiones integrado en el Fondo de Pensiones Fineco Futuro cuyo objetivo es la generación de un patrimonio a largo plazo a partir de las aportaciones periódicas de sus partícipes. La política de inversiones del mismo persigue este fin a través de una conservadora composición de cartera de aproximadamente un 25% en renta variable de la zona euro y el resto en renta fija denominada en la misma moneda.
Dicha composición aporta un perfil de riesgo reducido al producto el cual es aconsejable para aquellos inversores muy sensibles a pérdidas puntuales a lo largo del horizonte de inversión y para aquellos inversores más cercanos al momento de su jubilación.
Es un plan mixto de renta fija con una exposición a riesgo de renta variable que oscila entre un mínimo de 10% y un máximo de 30%. La cartera del plan se compone de un núcleo de fondos de gestión programada complementado con una cartera de acciones europeas seleccionadas y una cartera conservadora de renta fija.
Su referencia es un índice compuesto por un 25% Eurostoxx 50 y un 75% renta fija a corto plazo. El plan es recomendable para inversores con un horizonte de medio plazo.
Rentabilidad
Desde el día anterior: -0,07 %
Desde comienzos de año: -3,40 %
Rentabilidad acumulada: -5,25 % (un año)
Fineco es un Grupo fundado en 1984 que ofrece servicios exclusivos de gestión y asesoramiento global de patrimonios a clientes privados, familias e instituciones.
Es una entidad especializada, que con criterio independiente y conocimiento de mercado ofrece las mejores soluciones a las necesidades de inversión.
La principal ventaja es reducir la base imponible del IRPF, con los siguientes límites máximos, dependiendo de la edad del aportante:
- Si usted tiene hasta 50 años, el límite anual es 10.000 € (con el tope del 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas)
- Si tiene más de 50 años, el límite es de 12.500 € (con un tope del 50% de los ingresos).
Estos límites podrán subir ya que, con independencia de las reducciones anteriores, si su cónyuge percibe rentas inferiores a 8.000 euros anuales, podrá reducir las aportaciones realizadas a favor de su cónyuge, con el límite máximo anual de 2.000 euros.
Existen casos especiales para aquellas personas con minusvalía igual o superior al 65%, que podrán aportar hasta un límite de 24.250 euros. Y si usted es familiar de minusválido en línea directa, colateral hasta el tercer grado o cónyuge, y quiere hacer aportaciones a favor de éste, podrá hacerlas de forma complementaria a la suya, siempre con el límite de 10.000 euros anuales. En ningún caso podrá superarse conjuntamente el límite de 24.250 €.
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