MaxiPlan Pensión Garantizada de Santalucía

Santalucía le ofrece un Plan de pensiones para que usted esté tranquilo… un plan que cuenta con las mejores ventajas: Fiscalidad, rentabilidad y flexibilidad
MaxiPlan Pensión Garantizada de Santalucía, le ofrece comenzar a disfrutarlo en el momento, sin necesidad de esperar a su jubilación, ya que desde el primer día podrá disfrutar de una excelente fiscalidad.

Además tiene un interés mínimo garantizado de 2,80% anual durante toda la vigencia del plan, más los incrementos acumulados por la participación en beneficios.

Garantías básicas

Jubilación en la fecha prevista en el MaxiPlan.
Contará con el capital garantizado que figura en la póliza, más el incremento acumulado por la participación en beneficios.
Jubilación en fecha anterior a la prevista en el MaxiPlan.


El valor de la prestación para dicha contingencia coincidirá con el de la provisión matemática existente hasta ese momento.
• Interés garantizado: 2,30% anual.
• Flexibilidad en las aportaciones.
• Amplias coberturas.
• Importantes ventajas fiscales.
• Con la garantía de Santalucía.

Además en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración, usted podrá optar por percibir la suma asegurada de una sola vez, o usar su importe para garantizarse una renta.

También puede contratar coberturas por:

Fallecimiento

Un capital equivalente a las primas de tarifa del seguro principal pendientes de vencimiento hasta la finalización del seguro. Le serán abonadas al beneficiario todas las primas de tarifa satisfechas, sin intereses, más el importe de la asignación de beneficios efectuada a la póliza hasta ese momento.
En ambos casos se podrá percibir la suma asegurada de una sola vez o aplicar su importe para garantizarse una renta.

Invalidez absoluta y permanente

Un capital equivalente a todas las primas de tarifa pagadas y pendientes de pagar.

MaxiPlan Pensión Garantizada de santalucía, no tiene que esperar a su jubilación para disfrutar de sus ventajas porque desde el primer momento podrá beneficiarse de una excelente fiscalidad, ya que las primas aportadas son deducibles anualmente de la base imponible del I.R.P.F.

Todo ello con absoluta comodidad, puesto que la flexibilidad es total. Podrá hacer las aportaciones extraordinarias que desee, con un mínimo de 150 euros, y aumentar o reducir las aportaciones periódicas pactadas inicialmente.

Fiscalidad en los planes:

La principal ventaja es reducir la base imponible del IRPF, con los siguientes límites máximos, dependiendo de la edad del aportante:

  • Si usted tiene hasta 50 años, el límite anual es 10.000 € (con el tope del 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas)
  • Si tiene más de 50 años, el límite es de 12.500 € (con un tope del 50% de los ingresos).

Estos límites podrán subir ya que, con independencia de las reducciones anteriores, si su cónyuge percibe rentas inferiores a 8.000 euros anuales, podrá reducir las aportaciones realizadas a favor de su cónyuge, con el límite máximo anual de 2.000 euros.

Existen casos especiales para aquellas personas con minusvalía igual o superior al 65%, que podrán aportar hasta un límite de 24.250 euros. Y si usted es familiar de minusválido en línea directa, colateral hasta el tercer grado o cónyuge, y quiere hacer aportaciones a favor de éste, podrá hacerlas de forma complementaria a la suya, siempre con el límite de 10.000 euros anuales. En ningún caso podrá superarse conjuntamente el límite de 24.250 €.