Resulta imprescindible para cualquier trabajador, ya sea por cuenta ajena o propia, conocer los derechos de los que dispone en caso de sufrir un accidente o cualquier problema de salud que le impida realizar su trabajo habitual.
Como todos sabemos, lo que suele ocurrir generalmente es que se nos otorgue la convencional baja médica por enfermedad, que suele durar un determinado periodo de tiempo. Y, si la situación es mucho más grave, se puede otorgar hasta una incapacidad permanente. En función de la situación que vivamos y de las circunstancias, tendremos la posibilidad de recibir una ayuda económica por parte de la Seguridad Social. Por ello, es conveniente estar debidamente informado sobre las pensiones por incapacidad.
Prestación de incapacidad: tipos
Seguramente, la pensión de la que más constancia tenemos es la que se concede llegados a la jubilación. Pero el Estado no se limita a conceder únicamente este tipo de ayuda económica, sino que existen otro tipo de prestaciones que se conceden en función de la situación en la que se encuentre el trabajador.
En este caso nos centraremos en conocer todo lo relacionado con la pensión por incapacidad, ya que cualquier persona que se encuentre en edad de trabajar, puede llegar a necesitarla en algún momento. Como decíamos, este tipo de ayuda económica es otorgada a un trabajador que ha perdido buena parte de sus ingresos a causa de su incapacidad.
Por supuesto, la cantidad de dinero que recibamos a través de esta pensión se decidirá en base al grado de incapacidad que posea el trabajador, de manera que si este es más alto, su pensión será superior. El Estado diferencia dos tipos de incapacidad. Por un lado, nos encontramos con la Incapacidad Temporal, y después nos encontramos con la Incapacidad Permanente. Esta última puede ser parcial, total, absoluta e incluso en los casos más graves, de gran invalidez.
En cuanto a la Incapacidad Temporal, esta es la que se conoce generalmente como baja médica. Es la que más se conoce, ya que las empresas las reciben periódicamente todos los años, e incluso varias veces al año por parte de un mismo trabajador.
Se puede obtener una Incapacidad Temporal de diferentes maneras. O bien por contingencias comunes, ya sea por una enfermedad común o a causa de un accidente que ha sucedido fuera del entorno laboral, o bien por contingencias profesionales, en las que se contempla un accidente laboral o una enfermedad profesional. Una Incapacidad Temporal no puede prolongarse de forma ilimitada, sino que tiene un periodo de duración determinado, que puede durar desde unos días, a unas semanas, o como mucho, unos meses.
Por otro lado, una Incapacidad Permanente es un asunto mucho más complicado de tratar, por lo que dentro de ella podemos contemplar hasta cuatro casos diferentes. El primero de ellos, es la incapacidad permanente parcial. Esta se concede a un trabajador que a causa de su incapacidad, ha perdido al menos el 33% de su rendimiento para poder llevar a cabo el trabajo que tenía hasta ahora.
Después, nos encontramos con la incapacidad permanente total. En este caso, el trabajador se encuentra totalmente impedido para realizar las funciones principales de su empleo, aunque podría encontrar otro empleo en el que las funciones fueran menos exigentes de cara al esfuerzo físico, por ejemplo.
En tercer lugar, tenemos la incapacidad permanente absoluta, que es aquella que se concede a aquellos trabajadores que han sufrido un accidente o una enfermedad que les ha dejado completamente impedidos para realizar cualquier tipo de trabajo.
Por último, pero no menos importante, se encuentra la gran invalidez. Este es el caso más grave de todos los que hemos visto, ya que en él, el trabajador, debido a un accidente o enfermedad, requiere de la asistencia de otra persona para poder llevar a cabo tareas cotidianas en su día a día, como vestirse, asearse o prepararse la comida.