Si usted es residente en el País Vasco, podrá contratar los Planes de Previsión (E.P.S.V), un producto de ahorro exclusivos para esa región
Los EPSV, exclusivos para residentes del país vasco, son productos muy similares a los planes de pensión individuales, pero cuentan con algunas diferencias.
Estos productos son totalmente flexibles, y gozan de las máximas ventajas fiscales. Se constituyen como una herramienta que le permitirá mantener su actual nivel de bienestar al momento de la jubilación, sirviendo como complemento a la pensión de la Seguridad Social.
Se podrá disponer del Plan de Previsión (EPSV) una vez que hayan transcurridos 10 años desde la primera aportación, o cuando se produzca alguna de las siguientes contingencias:
- Jubilación o situación asimilable
- Invalidez permanente total o absoluta
- Fallecimiento.
- De forma excepcional:
- Enfermedad grave
- Desempleo de larga duración (al menos doces meses)
En cuanto a su fiscalidad, el límite anual máximo de aportación de la suma de todos sus Planes de Previsión es el siguiente:
- Hasta los 52 años inclusive, la aportación anual máxima se fija en 8.000 euros.
- A partir de los 52 años, la aportación máxima se incrementa, anualmente, en 1.250 euros, hasta llegar a los 65 o más años, en los que no podrá sobrepasar la cifra de 24.250 euros.
Con respecto al tratamiento fiscal de las prestaciones, será distinto de acuerdo a la forma de cobrar dicha prestación:
- En el caso de que se perciba en forma de Capital, y hayan transcurrido más de 2 años desde la primera aportación, el 40% de los derechos consolidados está exento, es decir, se tributa por el 60% del importe percibido. Esta reducción sólo puede aplicarse en un ejercicio.
- En el caso de que se perciba en forma de Renta, el importe que se recibe se integra el 100%
En fin, es importante ir preparando su futuro con la suficiente antelación.