Una de las últimas modificaciones en los Planes de Pensiones introduce la figura de la promoción de Planes de Empleo de Promoción Conjunta por parte de empresas de un mismo grupo o por empresas con menos de doscientos cincuenta trabajadores.
Se trata de Planes de Pensiones de Pymes que se habilitan para pequeñas y medianas empresas de menos de 250 trabajadores, requiriendo al menos dos empresas para su constitución.
Mediante esta fórmula la empresa puede mejorar las condiciones laborales de sus empleados y ofrecerles un complemento laboral de alto valor social, que aporta ventajas fiscales para ambas partes.
Como empresa, puede adherirse a estos planes de forma inmediata, evitando los complejos trámites y los costes de promoción de un plan de empleo.
Estos planes ofrecen determinadas ventajas, como la existencia de una sola Comisión de Control como representante conjunta de las empresas que promueven el Plan de Pensiones, el abaratamiento de los costes y de los trámites, entre otros.
Tiene la consideración de Grupo de empresas el integrado por dos o más entidades que constituyan una unidad de decisión, por tener una de ellas el control directo o indirecto de las demás.
Mediante estos planes la empresa puede mejorar las condiciones laborales de sus empleados y ofrecerles un complemento laboral que además aporta ventajas fiscales para ambas partes.
En cuanto a las características de las aportaciones ellas son obligatorias de la empresa, y obligatorias o voluntarias del empleado. En cuanto a los límites de reducción son conjuntos para aportaciones a planes de pensiones individuales, de empleo y de previsión.
En cuanto a los beneficios que podrán obtener las partes, ellos son:
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