Debido a la situación en la que nos encontramos a causa del estado de alarma para frenar la expansión del Covid-19, fueron muchas las personas que se vieron en la necesidad de rescatar sus planes de pensiones, ya que habían perdido sus trabajos o sus familias se encontraban en un aprieto económico.
Es por esta razón que se ha tomado la decisión de ampliar los casos en los que se puede hacer efectivo el rescate de planes de pensiones, pero solamente de manera excepcional con motivo de la crisis mundial que estamos viviendo. Por lo tanto, será válido disponer de estos ahorros acumulados si nos encontramos en situación de desempleo a causa de un ERTE, así como también por el cese de actividad o reducción de un 75% o superior de la facturación de trabajadores por cuenta propia en estos momentos de la pandemia.
Rescatar planes de pensiones por el Coronavirus
Se trata de una medida impulsada por el Gobierno para tratar de hacer frente a los daños económicos causados por el virus en nuestro país durante los últimos meses. Su duración es de 6 meses desde su incorporación a la vigencia, es decir, desde el pasado 14 de marzo. Sólo podrán acceder a este tipo de ayuda, aquellos usuarios que:
Se encuentren en estos momentos en una situación legal de desempleo a causa de un ERTE, como consecuencia de la crisis sanitaria que se está dando por el Covid-19. Por otro lado, podrán acceder a esta ayuda, aquellos empresarios que sean titulares de establecimientos que se hayan visto en la obligación de cerrar durante el estado de alarma, al no considerarse de primera necesidad. Los trabajadores por cuenta propia que se encontrasen cotizando en la Seguridad Social y se hayan visto obligados a frenar su actividad por la pandemia. Esto también será posible en el caso de autónomos que, sin cesar su actividad, hayan sufrido una pérdida en sus ingresos del 75% o superior en el mes anterior al que solicitan esta ayuda.
La cantidad de dinero que podrá ser rescatada depende de la justificación realizada por el partícipe a la entidad gestora, y siempre y cuando no supere las siguientes cantidades:
El resultado de multiplicar por tres el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual para doce pagas vigente en el ejercicio de 2020, en la proporción que corresponda a periodo de duración del ERTE, o al periodo de tiempo que dure la suspensión del negocio a causa del estado de alarma. De esta manera, se calcula que la menor cantidad de dinero que se puede rescatar de manera mensual, es de 1.613,5 euros.
Situación de desempleo por ERTE y rescate de planes de pensiones
En el caso de trabajadores en situación de desempleo por ERTE, podrán rescatar de su plan de pensiones una cantidad similar a la que hubieran estado cobrando por sus salarios en los trabajos que ya no tienen a causa del estado de alarma, y durante el mismo periodo de tiempo que dure el estado de alarma, más un mes adicional, si se justifica de la manera correcta con la última nómina recibida en el mes anterior a la pandemia.
En el caso de dueños de establecimientos que se han visto obligados a cerrar a causa de la pandemia, la cantidad de dinero de la que podrán disponer respecto a su plan de pensiones, será equivalente a los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir mientras se mantenga la suspensión de apertura al público, de manera que esta ayuda durará lo mismo que dure el estado de alarma más un mes adicional. Para poder conseguir esto, será necesario presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio anterior, así como el pago fraccionado de IRPF más autoliquidaciones de IVA correspondientes al último trimestre.
Por último, en el caso de autónomos que se hayan visto obligados a cesar su actividad laboral a causa del virus, o bien su facturación se haya visto reducida en un 75% o superior, podrán cobrar de su plan de pensiones una cantidad equivalente a los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir a causa del estado de alarma. La ayuda tendrá un periodo de vigencia similar al del estado de alarma más un mes adicional.