La reciente reforma del Sistema de Pensiones en España ha dejado muchas dudas entre los particulares, sobre todo en lo que se refiere a cual será la pensión que cobrara en el momento de su jubilación.
En esta oportunidad haremos un breve resumen de los puntos claves del actual Sistema de Pensiones:
Edad de Jubilación:
La edad legal de jubilación a partir de esta reforma es de 67 años (antes de 65). En este sentido, para que un trabajador cobre el 100% de su pensión tendrá que haber cotizado 37 años (antes 35). Excepciones: el trabajador que haya cotizado 38,5 años y medio podrá retirarse a los 65 años cobrando el 100% de la jubilación.
Base de cotización:
El periodo de cálculo de la pensión se amplía desde los 15 a los 25 años, lo que implica una reducción en la prestación.
Años cotizados a la Seguridad Social:
A partir de ahora, se tomarán los 25 últimos ejercicios trabajados, aunque esta modificación, será gradual y se pondrá en marcha en dos fases: de 2013 a 2018 se subirá un año de cotización por cada año que pase, con lo cual en 2018 serán necesarios 20 años para percibir la pensión mínima, mientras que la segunda fase abarcará del año 2022 al 2027, con lo que en este último ejercicio se tomarán los 25 años para calcular todas las pensiones.
Jubilación anticipada:
La edad mínima para acceder a la jubilación anticipada de forma voluntaria pasa de los 61 a los 63 años, con un mínimo de 33 años cotizados, y tambien podrá ejercerse la jubilación anticipada desde los 61 años si el trabajador es despedido. En ambos casos se aplicara una reducción en la cuantía de la prestación del 8% por cada año de anticipación, salvo que el interesado haya cotizado 40 años o más, en cuyo caso la reducción será del 7% cada año, para ambos casos.
Autónomos:
Una de las novedades más importantes es que por primera vez se reconoce el derecho a la jubilación anticipada a los autónomos en los mismos términos que el resto de trabajadores, con lo cual también se contempla la jubilación anticipada excepcional para situaciones de crisis antes de los 61 años, con 33 años cotizados. Eso sí, para calcular las pensiones de los autónomos habrá que hacer algún cálculo adicional.
Retrasar la jubilación:
Un punto importante, son los incentivos para quienes decidan retrasar voluntariamente la edad de jubilación sobre la ordinaria, pasando del 2%-3% al 3,5%, tanto para aquellos que trabajen más allá de los 67 como los que lo haga a los 65 años y puedan jubilarse a esa edad por sus años cotizados. Habrá que hacer el cálculo de la jubilación para saber si realmente sale a cuenta seguir trabajando.
Estudiantes:
Con la nueva reforma, los becarios ganan derechos para su jubilación, ya que la norma contempla como periodos cotizados la participación de estudiantes con carrera terminada en programas formativos o de investigación en las empresas, con un periodo máximo de dos años.
Maternidad:
Los descansos por maternidad del que gozan las mujeres serán contemplados como periodo de cotización a razón de 116 meses de cotización por hijo con un máximo de dos años si han tenido que dejar de trabajar para cuidarlo.