Campaña: traspásalo a ”la Caixa” y te regalan un 3% en efectivo

¿Aún no eres cliente de «la Caixa»?  Con la Nueva Campaña, si tienes un plan de pensiones en otra entidad, traspásalo a ”la Caixa” y te regalan un 3% en efectivo, sobre la cantidad traspasada al plan.

Ponen a tu disposición una amplia gama de planes de pensiones que te ayudarán a afrontar el futuro con tranquilidad.

Solo tienes que elegir el plan que mejor se adapte a tus necesidades y La Caixa se ocupa del resto, sin coste alguno.

Traerlo es un buen plan, por varias razones:

  1. Un gran ahorro fiscal
    Puedes beneficiarte de hasta un 47%* de reducción fiscal en la declaración de la renta.
  2. Tienes toda la operativa de tu Plan a mano, al momento:
    Desde Línea Abierta puedes contratar y gestionar on-line, fácilmente y al momento, como si estuvieras en la oficina, todo lo referente a tu plan:

    • movilizar el plan que tengas contratado en otra entidad.
    • contratarlo –si no lo tienes- y realizar aportaciones al mismo.
    • consultar su evolución, su rentabilidad, el capital acumulado y la política de inversión.
    • consultar la información fiscal y todos los datos relacionados con el plan.
    • gestionar el plan al cambiar la inversión si se modifican tus preferencias.

Existen diversos planes de pensiones a escoger, dependiendo del riesgo que se quiera asumir en función del rendimiento esperado.

Otro aspecto a considerar es el límite anual máximo de aportaciones y contribuciones empresariales a realizar al conjunto de planes de pensiones de los que se sea titular, que es de 10.000 euros al año para partícipes de hasta 49 años inclusive, y de 12.500 euros a partir de los 50 años.

En el caso de partícipes discapacitados, la indicada aportación anual máxima a realizar al conjunto de los planes de pensiones de los que se sea titular es de 24.250 euros.

Es un producto de ahorro que permite obtener ventajosas condiciones fiscales y disponer de un dinero en el momento de la jubilación.

Los planes de pensiones no solo pueden hacerse efectivos por jubilación sino también por otras contingencias: incapacidad, dependencia severa o gran dependencia o fallecimiento, en cuyo caso percibirán la prestación del plan de pensiones los beneficiarios designados. Los partícipes también podrán hacer efectivos sus derechos consolidados en los supuestos excepcionales de liquidez, de desempleo de larga duración o enfermedad grave, en los términos previstos en la legislación vigente y en el reglamento del plan.

Fiscalidad en los planes:

Fiscalmente, el límite anual de las reducciones por aportaciones realizadas a planes de pensiones y planes de previsión asegurados se calcula de forma conjunta. Las aportaciones reducen la base imponible general del IRPF con una serie de limitaciones. Así, puede obtenerse un ahorro fiscal de hasta un 47% y hasta un 44% en Navarra y hasta un 45% en el País Vasco (según la legislación vigente en marzo del 2011).

El límite máximo de reducción será el menor entre las cantidades siguientes, teniendo en cuenta que la base liquidable general no podrá ser negativa:

  • El importe de las aportaciones realizadas (que están limitadas a 10.000 euros anuales hasta los 50 años y a 12.500 euros anuales a partir de dicha edad).
  • El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. A partir de los 50 años, este porcentaje será del 50%.

Las cantidades aportadas que no hayan podido reducirse podrán serlo durante los cinco ejercicios siguientes.

En caso de defunción, los beneficiarios no tributan en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sino que el importe que reciben está sujeto al IRPF en concepto de rendimientos del trabajo.

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